Hoy voy a contar una experiencia profesional.
Lo he vivido, sabía como funcionaba y aún así me he sorprendido.
En un pasado cada día más lejano fui un abogado, tangencialmente, de banco (hoy es una especialidad mal vista). Explico esto para que, quién lea el post, sepa un poco de mi background.
Bueno… pues estaba en la reunión del típico promotor que va a entregar una promoción -sin más deudas que las hipotecarias, con un par de alquileres que pagan la comunidad de propietarios, etc
Allí estaba yo, tranquilo (no era mi primera vez en cualquiera de los dos lados)
La conversación, ficticia, es aproximada a la realidad:
– Banco : el valor de tasación es de *.* (cifra ridícula)
-YO: imposible! A un cliente, hace menos de 6 meses, le tasaron un local en esa zona por el doble. Me dice que la misma entidad de tasación establece dos precios del sueldo diferentes? Me enseña la tasación?
– Banco: Buenooooo…. es que no es política de la entidad entregar la tasación.
Buenooooo…. es que tampoco es una tasación en una valoración de liquidación o venta inmediata.
-Yo: Entonces por qué le dice al promotor que van a realizar dos tasaciones conforme las normas del Banco de España?
Venga, por ese precio tengo dos compradores que podrían estar interesados.
-Banco: Noooooo… los compradores que se subroguen en la deuda. Ese precio es solo si lo compra el banco.
Ya veis. Hoy he aprendido el concepto de «valor de liquidación o venta inmediata». Si vendes al banco es inmediato si quieres que eliminen parte de la hipoteca…. noooooooo!!.
Mi pequeña reflexión: Si el banco hace el siguiente negocio:
Deuda promotor sin intereses.- 1.500 €
Valor de liquidación ofrecido.- 790 €
Precio del bien según tasación BdE.- 1.600 €
¿Realmente pierden los bancos? ¿Declaran pérdidas por confusión de acreedor y deudor? ¿En el balance se incorpora el bien por el valor de tasación o por el valor de liquidación o venta inmediata?
La tasación ad hoc es posible. No os desaniméis
Luis, este mundo ha cambiado. Hace un par de días fui a contratar una línea de teléfono haciendo la portabilidad de la línea que tenía con otra compañía. No necesitaba un telefóno nuevo y me dicen que si no me regalan el teléfono … me cobran 20 euros! En cambio, si me lo regalan, no me cuesta nada (aunque con penalización por permanencia). ¿Tiene lógica? Pues igual.
Y en ambos casos, no podemos hacer nada: son lentejas, las tomas o las dejas.
Un cordial saludo