NUEVAS FORMAS DE INGRESOS. CONTRATO DE PATROCINIO ¿ABELEDO ABOGADOS FLY EMIRATES?
El post de hoy surge de una divagación fruto, probablemente, del sueño pre-siesta. Utilizo la palabra sueño intencionadamente porque sabemos que, al menos en mi despacho, no va a suceder. ¿Alguno de vosotros no ha pensado que su despacho profesional puede ser “patrocinado”?
La Ley General Publicitaria se refiere al contrato de patrocinio publicitario para decir que es “aquel por el que el patrocinado, a cambio de una ayuda económica para la realización de su actividad deportiva, benéfica, cultural, CIENTIFICA O DE OTRA ÍNDOLE, se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinador” (…)”se regirá por las normas del contrato de difusión publicitaria cuando le sean aplicables” ex art 22 LGP.
“El contrato de patrocinio se asienta sobre la premisa de que el patrocinado va a continuar desarrollando a favor de terceros la actividad a que se dedique y que lo hará manteniendo una plena autonomía” Vicente domingo, El contrato de esponsorización. “El único compromiso que asume frente al patrocinador, en este sentido, sería el de mantener el nivel de prestigio de que goce en su campo de actividad, o el de intentar lograr un nivel de celebridad.” Tratado de contratos, Rafael Sánchez Aristi; Tirant Lo Blanc
“El contrato de patrocinio implica a menudo una autorización o cesión de derechos de imagen del patrocinado a favor del patrocinador, pues no en vano es la celebridad —actual o potencial— de aquél la que quiere aprovechar éste” Vicente Domingo, El contrato…
No hay especialidad en la LGP así que podríamos entender que podría llegar a celebrarse verbalmente.
La ayuda podría ser dineraria o en especie (editoriales jurídicas, estamos abiertos a ofertas) y las obligaciones, desde una exposición de post de blog dominical -vid. análisis jurídico flojo o escaso-, son, por parte del patrocinador abonar la ayuda y, por parte del patrocinado la obligación de colaborar en la publicidad del patrocinador.
En definitiva, un despacho de abogados podría ser patrocinado e incluir en su nombre comercial la publicidad de un patrocinador a cambio de dinero o de una ayuda no dineraria (todos los libros de la editorial jurídica para su utilización y difusión para hacer ver a otros despachos las bondades y calidad de esos libros). ¿Es tan descabellado un despacho llamado ABELEDO ABOGADOS FLY EMIRATES?