La vivienda es de mis padres, ¿mi excónyuge puede seguir utilizando la vivienda familiar por interés del menor?
El supuesto modelo de esta situación es padres que se divorcian y se atribuye el menor a en guardia y custodia a uno de ellos y el uso de la vivienda familiar en interés del menor y la vivienda es “prestada” por los padres del progenitor no custodio.
Muchos clientes preguntan si la casa es de mis padres, me separo y no me quedo con el menor puede quedarse en la vivienda. El tema lo abordamos desde que esa vivienda es la familiar. No hay otra.
Para mi la repuesta es que no. El TS viene manteniendo como doctrina que:
“El juez puede atribuir el uso de una vivienda que no sea la que se está ocupando en concepto de vivienda familiar cuando el inmueble que se está utilizando pertenezca a terceras personas en orden a proteger el interés de los menores y ello siempre que la residencia que se atribuya sea adecuada para satisfacer las necesidades de los hijos”,
“La solución propuesta requiere que la vivienda sea idónea para satisfacer el interés del menor y de acuerdo con lo que resulta probado en el procedimiento, este interés queda perfectamente salvaguardado. La solución no contradice las SSTS 451/2011, de 21 junio , 236/2011, de 14 abril y 221/2011, de 1 abril , que declaran que debe atribuirse al menor el uso de la vivienda familiar, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 96 CC , porque su interés es el que debe ser protegido, puesto que en el presente caso, la posibilidad de que los propietarios recuperen la vivienda ejerciendo el desahucio por precario, implica que deba entenderse perjudicial para el propio menor la atribución del uso de una vivienda de la que podría ser desalojado«. STS 20-10-2011, rec 1069 de 2009
La STS 3202/2015, de 15-7-2015 es aclaratoria de la STS de 10-10-2011, en el sentido de que:
“En suma, esta Sala debe declarar que pese a la radicalidad del art. 96 del CC , el interés de las menores puede quedar protegido cuando pasan a residir en vivienda que no desmerezca de la que ha venido siendo la familiar, cuando de ésta pueden ser desalojados, al no ser propiedad de los progenitores.
“Este pronunciamiento no queda contradicho por lo declarado por esta Sala en sentencia de 15 de marzo de 2013, recurso 864 de 2011 , dado que afrontaba un supuesto en que la vivienda familiar era propiedad del esposo y no, como en este caso, propiedad de un tercero.
Como declara la doctrina jurisprudencial citada no se trata de mantener una reserva indefinida de vivienda, máxime cuando no consta la intención de trasladarse a la misma ni necesidad de ello, dado que las menores se encuentran escolarizadas en su nueva zona de influencia y disponen de nueva vivienda estable y adecuada”
Así que la mítica y recurrente amenaza de “me quedo con la casa de tu madre que no tenemos contrato de alquiler y con el niño no me puede echar” no necesariamente tiene mucho recorrido.
Un comentario sobre “La vivienda es de mis padres, ¿mi excónyuge puede seguir utilizando la vivienda familiar por interés del menor?”