¿ERES ACCIONISTA DEL POPULAR? ¿TIENES DEUDA SUBORDINADA O CoCos? ¡HAS PERDIDO TODO¡. Llama a tu abogado.
Hoy nos despertamos con una noticia que no por esperada deja de ser dura. El Santander compra al Popular por 1 €. Si, 0,20 € más del precio del café donde lo tomo cerca del despacho.
¿Qué pasa si eres accionista del Banco Popular? Salvo que seas accionista senior lo has perdido todo, según las noticias que hemos podido leer. AQUÍ Y AQUÍ.
¿Qué pasa si tienes CoCos y deuda subordinada? Lo has perdido todo, según las noticias que hemos podido leer.
¿Qué ha pasado con todas estas posiciones? En el caso de Cocos y Deuda Suborndinada se transforman a través de un procedimiento exprés que ha ordenado el Banco Central Europeo (ojo con el sentido que tiene el Banco de España) creado a principios de 2014 para evitar colapsos como los vividos años atrás. Aquí el comunicado del BCE.
¿Qué posibilidades hay de recuperar la inversión? Son inciertas pero, en todo caso, pasan por presentar demandas contra el consejo de administración, el propio banco adquirente y, posiblemente contra el Banco de España por permitir los aumentos de capital más recientes.
Si estas leyendo esto y tienes una cuenta corriente o un depósito tus dinero hasta 100 mil euros por entidad está garantizado.
Aquí tenéis las normas que se han utilizado para la operación que yo, hasta el día de hoy, desconocía. Por esos motivos esto es un blog de corta y pega y no salimos en los rankings de abogados de verdad.
- Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
- Reglamento (UE) 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio
- Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014
Aquí os dejo un BONUS TRACK Consistente en los criterios de la CNMV para la elaboración de los planes de recuperación de empresas de servicios de inversión.
Luis, el tema me pilla muy cerca, desde tu opinión. ¿De verdad ves posibilidad en el caso de los inversores de obtener una indemnización?
Por otro lado, ¿porqué crees que en este caso el Estado no ha intervenido?
Un saludo.
No sabría responder sobre las posibilidades. En principio no las veo. Habría que estudiarlo con más profundidad. En derecho todo puede ser. En su caso solo lo vería a través de una acción contra el órgano de administración pero es muy difícil de ver sin estudiar las cuentas y las decisiones de dicho órgano.
Desde Bruselas al parecer, habían regulado la solución a estas situaciones para que los accionistas y acreedores de deuda fueran quien soportarán en su riesgo estas situaciones (bail in) y no el contribuyente (bail out)